El mercado de valores es un segmento de los mercados de capitales en el cual se negocian valores (renta fija y variable) entre oferentes (emisores) y demandantes (inversionistas), a través de mecanismos previstos en la Ley de Mercado de Valores, con la finalidad de permitir la canalización de los recursos hacia las actividades productivas, sin necesidad de la intermediación de entidades financieras.
De conformidad con las reformas introducidas a la Ley de Mercado de Valores por efectos de lo estipulado en la Ley Orgánica de Fortalecimiento y Optimización del Sector Societario y Bursátil y de Código Monetario Financiero, se dice que las Bolsas de Valores son sociedades anónimas, cuyo objeto social único es brindar los servicios y mecanismos requeridos para la negociación de valores.
Las bolsas de valores son instituciones autorizadas y controladas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; en nuestro país existen dos bolsas de valores que son: Bolsa de Valores de Quito y Bolsa de Valores de Guayaquil en las que Santa Fe Casa de Valores S.A. es miembro activo.
Son compañías anónimas autorizadas y controladas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros para ejercer la intermediación de valores, cuyo objeto social único es la realización de las actividades previstas en la Ley de Mercado de Valores.
Las casas de valores negociarán en el mercado de valores a través de Operadores de Valores que son personas naturales inscritas en el Catastro Público del Mercado de Valores, quienes actuarán bajo responsabilidad solidaria con sus respectivas casas de valores. Los representantes legales, dependientes y Operadores de Valores de una casa de valores no podrán serlo simultáneamente de otra casa de valores.
Es la persona natural o jurídica que tiene un ahorro grande o pequeño y que desea comprar o vender títulos-valores que le permitan disponer de una rentabilidad, diversificar sus fuentes de ingreso, ejecutar proyectos de inversión y cristalizar sus emprendimientos o ampliar sus negocios o reestructurar pasivos.
Para efectos de la Ley de Mercado de Valores, se considera valor al derecho o conjunto de derechos de contenido esencialmente económico, negociables en el mercado de valores, incluyendo, entre otros, acciones, obligaciones, bonos, cédulas, cuotas de fondos de inversión colectivos, contratos de negociación a futuro o a término, permutas financieras, opciones de compra o venta, valores de contenido crediticio de participación mixto que provengan de procesos de titularización y otros que determine la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. Si los valores constan en un soporte cartular o físico pueden emitirse Nominativos, A la orden o Al portador. Si son Nominativos circularán por cesión cambiaria inscrita en el registro del emisor; si son A la Orden, por endoso; si son Al portador, por simple entrega.
Si los valores constan en anotaciones en cuenta o desmaterializadas, dentro de una misma emisión, se consideran Fungibles entre sí y la transferencia de su dominio se perfecciona por el respectivo registro contable dentro de un sistema de anotaciones en cuenta, llevado a cabo por un Depósito de Compensación y Liquidación de Valores conforme a la Ley de Mercado de Valores. Tal inscripción de la transferencia a favor del adquirente producirá los mismos efectos que la tradición de los valores, legitimándolo así para el ejercicio de sus derechos.
Cualquier limitación a la libre negociación y circulación de valores no establecida por Ley, no surtirá efectos jurídicos y se tendrá por no escrita. Para la negociación y circulación de los valores emitidos por las entidades e instituciones del sector público se deberá observar en lo que fuere aplicable a lo establecido en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.
Mercado Bursátil es el conformado por ofertas, demandas y negociaciones de valores inscritos en el catastro Público del Mercado de Valores, en las bolsas de valores y en el Registro Especial Bursátil (REB), realizadas por los intermediarios de valores autorizados, de acuerdo con lo establecido por la Ley de Mercado de Valores.
Mercado Extrabursátil es el mercado primario que se genera entre la institución financiera y el inversor sin la participación o intervención de un intermediario de valores, con valores genéricos o de giro ordinario de su negocio, emitidos por instituciones financieras, inscritos en el Catastro Público del Mercado de Valores y en las bolsas de valores.
Mercado Privado son las negociaciones que se realizan en forma directa entre comprador y vendedor sin la intervención de intermediarios de valores o inversionistas institucionales, sobre valores no inscritos en el Catastro Público del Mercado de Valores o que estando inscritos sean producto de transferencias de acciones originadas en fusiones, escisiones, herencias, legados, donaciones y liquidaciones de sociedades conyugales y de hecho.
Las operaciones con valores que efectúen los intermediarios de valores en los mercados bursátil y extrabursátil serán puestas en conocimiento de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros para fines de procesamiento y difusión, en la forma y periodicidad que determine la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera (actualmente es diaria y directamente al Sistema Integral de Mercado de Valores de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros).
Es la empresa pública o privada que se encuentra debidamente autorizada para emitir títulos-valores hacia el mercado y que haya cumplido todos los procesos dispuestos por la Ley de Mercado de Valores y de las Bolsas de Valores y que tanto la empresa como los títulos estén inscritos en el Catastro Público de Mercado de Valores.
Todas las personas naturales y jurídicas que no tengan impedimento de realizar comercio, pueden ser nacionales o extranjeras, pueden hacerlo directamente o a través de algún apoderado; siempre con la asesoría de los Operadores de Valores de SANTA FE CASA DE VALORES S.A.
Efectivamente, los menores de edad pueden contar con inversiones a título personal con la ayuda de su Apoderado, Tutor o Representante Legal o los padres que tengan la patria potestad del menor.
El proceso es sencillo y accesible para todas las personas e instituciones; a continuación se detalla los pasos a seguir para realizar transacciones bursátiles con SANTA FE CASA DE VALORES S.A.:
✓ Contactarse o visitar las oficinas de SANTA FE CASA DE VALORES S.A. en la ciudad de Quito o Guayaquil.
✓ Presentar documentación de identificación.
✓ Definir la inversión de compra o de venta, con la asesoría de un Operador de Valores de conformidad con su perfil de inversionista y su capacidad económica.
✓ Autorizar el mandato de compra o venta a través de un Contrato y una Orden de Negociación.
✓ Recibir la liquidación de bolsa, la factura de la casa de valores, la factura de la bolsa de valores y un documento de la casa de valores que evidencie el cumplimiento del mandato.
Los límites inferiores de sus inversiones están dados por su capacidad económica en la compra y por su existencia en la venta. Se debe considerar que mientras más pequeño es su monto de inversión puede serle más costoso porque existe una tarifa fija de piso de las bolsas de valores y de comisiones de la casa de valores que en determinado momento, por su monto a invertir, le pueden resultar onerosos, pero no imposibles de negociación.
Además, en algunos emisiones, en su prospecto de oferta pública viene dado el monto o fracción mínima de colocación.
✓ Renta Fija: Instrumentos de financieros que constituyen una de las formas de endeudamiento que pueden utilizar tanto el Estado o las Instituciones del Sector Público o del Sector Privado, (Financiero, Servicios, Industrial, entre otros) para financiar sus proyectos de expansión, reestructura de pasivos y otros. Su rendimiento está determinado por la tasa de interés fija o reajustable que otorga el emisor, así como por la tasa a la cual se descuenta el título fijada por las condiciones del mercado. Ejemplo: Certificados Financieros, Papel Comercial, Pólizas de Acumulación, Obligaciones, Bonos, Procesos de Titularización.
✓ Renta Variable: Instrumentos de inversión que representan la participación en la propiedad de una corporación. Ejemplo: Acciones.
✓ Edificar un porvenir tranquilo, venturoso y planificado al programar sus finanzas en el corto, mediano y largo plazo.
✓ Posibilidad de aumento del capital invertido en forma significativa en comparación con la banca tradicional y otras formas de inversión.
✓ Escoger las inversiones que más se ajusten a sus objetivos financieros en referencia a su perfil de inversionista, tolerancia al riesgo, plazo, periodicidad de pago y monto.
✓ Invertir a través de bolsa no es únicamente para los grandes inversionistas, si cuenta con un monto mínimo no dude en beneficiarse de esta forma de ahorro ya que se adapta a cualquier tipo de presupuesto.
✓ Diversificar sus inversiones gracias a la variedad de títulos-valores disponibles.
✓ Al invertir en títulos-valores de empresas ecuatorianas se fomenta el desarrollo económico del País y permite la generación de empleo digno.
✓ Los títulos-valores, al ser desmaterializados, se encuentran custodiados de manera segura y confiable en Depósito Centralizado de Valores del Banco Central del Ecuador (DCV-BCE) y en el Depósito Centralizado de Compensación y Liquidación de Valores (DECEVALE S.A.)
✓ El mercado de valores en el Ecuador es regulado por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; además, las Bolsas de Valores son entidades de autoregulación, haciendo que todo funcione de forma transparente.
Los rubros que participan en las inversiones son:
✓ Valor efectivo de la negociación.
✓ Intereses transcurridos proporcionales a los días del cupón.
✓ Piso de bolsa (es fijo del 0,09% sobre el valor efectivo, pero puede ser revisado por el volumen de los montos a negociarse o si es que el título es del sector productivo de mercado secundario).
✓ Comisión de la casa de valores mínimo de US$ 30,00 y en relación al servicio requerido. Ver tarifario
Son registros electrónicos o en cuenta que surten el mismo efecto legal que los títulos físicos.
Son valores negociables que se mantienen registrados en los Depósitos Centralizados de Valores a favor de los beneficiarios asignados a la fecha de emisión y de negociación.
Cualquier producto de inversión contiene riesgo en mayor o menor medida y pueden ser:
Riesgo de mercado: es la posibilidad de que títulos-valores se coticen por debajo del precio que ha pagado por ellos. Las fluctuaciones de precios de la renta variable dependen de factores internos y externos de la empresa y del sector. Los de Renta Fija dependen sobre todo de la evolución de los tipos de interés, de las circunstancias de mercado y de las condiciones económicas generales.
Riesgo de liquidez: es el riesgo de que no se encuentre contrapartida en el mercado para la compra o para la venta; y, por tanto, no se pueda vender el título-valor en los plazos y en los términos que desee el vendedor.
Riesgo de crédito: se trata del riesgo que se asume por la posible falta de pago de los intereses y/o capital de la inversión por parte del emisor.
No. La Ley de Mercado de Valores dispone que solamente pueden realizar transacciones de compra o venta los Operadores de Valores Autorizados en representación de las respectivas casas de valores.
Si es en el DECEVALE: Se le entregará la clave de acceso que como inversionista tiene derecho y el respectivo certificado de asignación.
Si es en el DCV-BCE: se le entregará la constancia emitida por el Banco Central del Ecuador sobre la asignación de títulos valores y su respectiva Subcuenta de Valor.
Los depósitos centralizados de valores en el Ecuador son instituciones públicas o privadas, legalmente autorizadas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros e inscritos en el Catastro Público de Mercado de Valores que son responsables de la compensación, mantenimiento y custodia y administración de títulos-valores negociados a través de las bolsas de valores. Para ello utilizan sistemas informáticos que les permitirá en forma oportuna, transparente y en línea, disponer de la información de la que son responsables. Emiten certificados de custodia, de gestión de cobro, entre otros asuntos.
En Renta Fija en obligaciones: Son exentos del Impuesto a los Rendimientos Financieros aquellas inversiones que pasen de 365 días.
En Renta Variable: De conformidad con Régimen Tributario Interno vigente.
Una vez que la Junta General de Accionistas resuelva la distribución de dividendos en las fechas y en las modalidades que disponga, los administradores de la empresa emisora proceden con la respectiva entrega a través de la cuenta bancaria que haya registrado cuando se actualizó las asignaciones donde el Emisor o en el Depósito Centralizado de Valores que administre los libros societarios. Puede también autorizar a la casa de valores para que lo ayude en este proceso, sin ningún costo de gestión.
Las entregas se lo hacen de conformidad con la política de dividendos de la empresa que pueden ser una sola vez al año o mediante anticipos autorizados durante el ejercicio fiscal.
Los dividendos pueden ser:
✓ Dividendo Efectivo: entregado de forma monetaria.
✓ Dividendo Acción: entregado en forma de más acciones cuando ya termina el proceso de incremento de capital pagado.
Para adquirir un título-valor en las bolsas de valores se requiere que el título que se quiere adquirir esté autorizado para su negociación y haya disponibilidad en el mercado.
Se negocian en cualquier momento desde que la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros aprueba la Oferta Pública y su inscripción en el Catastro Público de Mercado de Valores y que esté inscrito en las Bolsas de Valores y haya la respectiva disponibilidad en el mercado.
La convocatoria a la Junta General de Accionistas es a todos. Usted puede asistir o delegar su concurrencia a dicha Junta aunque sea por una acción o por el paquete que sea de su propiedad. La delegación debe constar en un documento notariado.